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Actualidad | 03/04/2020
Coronavirus
Se amplió el listado de actividades permitidas durante el aislamiento
Este viernes, el Gobierno agregó a ocho nuevas actividades y servicios a la lista original de los sectores económicos esenciales durante la emergencia para que pueden continuar con sus labores cotidianas.
El gobierno nacional dispuso la ampliación del listado de actividades y servicios declarados esenciales en la emergencia sanitaria, en el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado para mitigar la propagación del coronavirus en el país.

Así lo estableció a través de la Decisión Administrativa 450/2020 publicada este viernes en el Boletín Oficial, que lleva la firma del jefe de Gabinete, Santiago Cafiero, y del ministro de Salud, Ginés González García.

Las actividades que desde este viernes son consideradas también esenciales se encuentran:
-venta de insumos y materiales de la construcción provistos por corralones
-actividades vinculadas con la producción, distribución y comercialización forestal y minera.

-curtiembres, aserraderos y fábricas de productos de madera; fábricas de colchones; y fábricas de maquinaria vial y agrícola.
-actividades vinculadas con el comercio exterior como exportaciones de productos ya elaborados e importaciones esenciales para el funcionamiento de la economía
-exploración, prospección, producción, transformación y comercialización de combustible nuclear
-servicios esenciales de mantenimiento y fumigación

-mutuales y cooperativas de crédito, mediante guardias mínimas de atención, al solo efecto de garantizar el funcionamiento del sistema de créditos y/o de pagos.
-inscripción, identificación y documentación de personas

Pese a la excepción, desde el Gobierno resaltan que todas estas actividades deben cumplir con las normas sanitarias de prevención dictadas por el Ministerio de Salud.


“Los empleadores deberán garantizar las condiciones de higiene y seguridad establecidas por el Ministerio de Salud para preservar la salud de las trabajadores”, resalta la decisión administrativa publicada hoy en el Boletín Oficial.

En ese sentido, la disposición oficial también manifiesta que "los desplazamientos de las personas alcanzadas por el presente artículo deberán limitarse al estricto cumplimiento de las actividades y servicios considerados esenciales”.

Desde que el presidente Alberto Fernández estableció el aislamiento social el 20 de marzo, esta es la tercera oportunidad en que el Ejecutivo amplía las actividades y servicios que están exceptuadas de la cuarentena.

En esta ocasión, el Gobierno agregó a ocho nuevas actividades y servicios a la lista original de los sectores económicos esenciales durante la emergencia para que pueden continuar con sus labores cotidianas.

Entre los considerandos de esta nueva medida, el Gobierno explica que “la realidad de la implementación del aislamiento social ha demostrado la necesidad de incorporar otras actividades y servicios con carácter de esenciales con el fin de mitigar los efectos ocasionados por las medidas adoptadas”.

Asimismo, se aclara que en normas dictadas con anterioridad se “incluye las actividades de mantenimiento de servidores” y se autoriza a trabajar a “las personas afectadas a las actividades destinadas a la provisión de insumos necesarios para la realización de servicios funerarios, entierros y cremaciones”.

Otro de los temas administrativos que esta resolución establece es que todas estas nuevas personas que desarrollan estas actividades deberán “tramitar el Certificado Único Habilitante para Circulación - Covid-19”.
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